lunes, 9 de noviembre de 2015

Mobbing-Cuando el acoso laboral se cuenta en primera persona

Estuve pensando bastante en escribir este post. Concluí que es tan importante que se sepa mi historia como que se tome conciencia de lo que pasan trabajadores en este país.
Recursos Humanos: como ser mejor líder, motivación para el personal, la importancia de un buen CV, trabajo en equipo, etc etc etc, todas palabras que se diluyen en la nada cuando una persona sufre acoso laboral
De nada sirve saber cómo motivar a un grupo cuando tu superior inmediato te acosa. No es de gran utilidad la motivación cuando el gerente de Recursos Humanos, te llama un día, te encierra en una sala y te denigra por más de media hora con la anuencia de tu jefe que sonríe y asiente
Donde quedó la teoría cuando en la práctica te ves inmerso en un círculo de violencia, generada y fomentada por los puestos superiores del organigrama
La ironía más grande es cuando desde Recursos Humanos se acosa, en ciertos casos, de manera sistemática a determinados dependientes, por diversas cuestiones
En mi caso, por que trabajaba y exponer  la inoperancia de muchos, cuando preguntaba determinadas cuestiones para hacer mejor mi trabajo, cada una de esas expresiones eran correlato de una amenaza o mal trato, hasta llegar a lo que lamentablemente sucedió, media hora encerrada en una sala(o centro de maltrato psicológico)  tras sufrir un accidente vial del que me llevó algún tiempo mejorar y con mucho dolor, en manos del Gerente de Recursos Humanos. Es impensado este escenario pero es el que yo viví solo por hacer mi trabajo y  estar accidentada
En ese momento y en recuperación de las lesiones sufridas, cuando terminó mi media hora de tortura en la sala, con mucho dolor físico por el accidente y demasiada indignación por lo que me pasaba, tomé una determinación
En pocos días, vacié mis efectos personales de la oficina, saludé a dos (no mas) colaboradores y fui directo a ver a mis abogados, que ya estaban al tanto de la situación
Las opciones eran tres: seguir trabajando y aguantando los atropellos y mal tratos, ir al SECLO, o ir a juicio.
No hacer nada era darles la razón y la motivación para que siguieran acosando en un futuro a más trabajadores, ir a juicio llevaba entre  tres a cinco años de litigio y al SECLO (instancia administrativa obligatoria de conciliación laboral en la Argentina) era la opción más viable de acuerdo a mis abogados
Al principio yo quería ir a juicio, no me interesaba el tiempo del proceso, sino hacer justicia hasta que entendí que la justicia es un valor utópico, inalcanzable
Cuál sería la medida cuantificable traducida en dinero indemnizatorio por el maltrato que recibí? No hay suma que pueda reparar el daño moral una vez que se sufre, no hay disculpas o sentencia que pueda resarcir el abuso
Por lo tanto, y sabiendo lo que era mejor, decidí iniciar el proceso conciliatoria que duró más de tres meses,
La primera vez que inicio un reclamo judicial, es realmente desgastante
A fines de septiembre, firmamos el acuerdo en el SECLO, por una suma simbólica, En realidad no quería tanto el resarcimiento económico por lo que les comenté antes sino llevar a la empresa a confrontar con el enorme problema del Mobbing, y a ver en primera persona que un  trabajador, no cualquier sino una trabajador de Recursos Humanos, demandaba a la empresa por esto
Se preguntaran si me alegré con el resultado, en parte si, merecida tenía al indemnización, muy merecida tenía la sanción la empresa
Mi abogado del proceso , a la que le estoy muy agradecida no solo por lo que sabe sino porque es muy importante en temas como estos, estar al lado del cliente, me dijo "Ojalá Victoria muchos más trabajadores se animen a denunciar este problema que crece exponencialmente año tras año"
Yo le contesté "Mirá ............., mientras el empleador siga coaccionándote , amedrentándote, y amenazándote con que si hablas de mal trato , acoso , no solo podes perder el trabajo sino que además , mejor que te calles porque en el mientras tanto la vas a pasar muy mal, que cada día tuyo va ser un infierno peor al que fue este día, el trabajador no va a accionar, por miedo , por necesidad, porque siente que EL EMPLEADOR ES SU DUEÑO y no es así. "
Nos miramos y seguimos caminando por Florida hasta el estudio
Esta situación que pasé es INADMISIBLE, INSOSTENIBLE Y DEBE SER DENUNCIADA, tanto al Ministerio de Trabajo como a los organismos de control.
Si queremos que algún día , las empresas cumplan con lo más elemental que es el trato digno , por el solo hecho de ser persona, DEBEMOS DENUNCIAR, DEBEMOS ACCIONAR, NO DEBEMOS CALLARNOS MAS
Uds. se preguntarán que empresa fue la que me acosó y ejerció Mobbing hacia mi persona? Basta con mirar mi perfil. Otra gran  ironía que parece que estuvo plagado todo esto, es una empresa la cual sostiene que  “el mejor capital, según ellos, es el trabajador”.
Por último, gracias a mis abogados, mis padres y mi hermano que también es abogado y me ayudó, al Ministerio de Trabajo, a la AFIP,
Gracias porque encontré un soporte muy valioso en todos y cada uno de ellos.

Finalmente, desde mi experiencia, no sean participes necesarios del Mobbing, Recuerden que por ser trabajadores tienen todos los derechos que la LCT los CCT correspondientes a su actividad, y los que la Constitución Nacional les brindan, no se queden callados, que vale más una voz honesta que miles que miran para otro 

jueves, 22 de mayo de 2014

Telefonos y mails importantes

Les dejo algunos datos de organismos estatales que pueden serles de utilidad para despejarse dudas con profesionales dedicados a estos temas

MINISTERIO DE TRABAJO:
www.trabajo.gov.ar
Consultas : 0800 666 4100 consultas@trabajo.gob.ar Lunes a viernes de 8:00 a 20:00
Denuncias: 

Si usted esta padeciendo, se encuentra en situaciones de trabajo no registrado o desea realizar una denuncia por trabajo infantil y/o adolescente irregular, comuníquese con:
E-mail: denuncias@trabajo.gob.ar
Telefónicamente: 0800-666-4100 opción 1 y luego opción 4 de 08 a 18 hs.
Si desea una orientación sobre los temas en mención, comuníquese con el Centro de Orientación al Ciudadano:
E-mail: consultas@trabajo.gob.ar
Telefónicamente: 0800-666-4100 opción 1 y luego opción 9 de 08 a 20 hs. 

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

www.sssalud.gov.ar

Teléfono (011) 4344 - 2800
Línea gratuita 0800 - 222 - 72583 (SALUD)
Horario de Atención 10.00 a 16.00 horas.


SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DE TRABAJO

www.srt.gob.ar

Telefonicamente:0800-666-6778 de lunes a viernes de 8 a 19 horas.
Personalmente:Bartolomé Mitre 755 C.A.B.A. o Moreno 401 C.A.B.A., de 9 a 16 horas
Correo Postal:Bartolomé Mitre 755 (C1036AAM), Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por Internet:Complementando el FORMULARIO de consultas y reclamos.

ANSES

www.anses.gob.ar

Telefonicamente : 130 llamada gratuita
Denuncias y reclamos : www.anses.gob.ar/denuncias

INADI

Si te sentís discriminado en el trabajo, por tu credo, raza, religión, género, orientacion sexual

www.inadi.gob.ar/asistencia

Telefonicamente  0800-999-2345 las 24 hs






Primer día en un nuevo trabajo, que debo exigir?

Todo trabajador debe exigir el primer día en el que comienza la relación laboral la siguiente documentación. Es fundamental para procesos futuros y para saber si la relación laboral está registrada, si te realizan aportes, o mas coloquialmente si estás en blanco o no
Por eso,les paso algunos datos que pueden serles de utilidad


  • El alta temprana. ES LO MAS IMPORTANTE QUE UN TRABAJADOR TIENE AL MOMENTO DEL INGRESO. Es un registro que realiza el empleador 24hs antes del ingreso del trabajador ante la AFIP.  Debe contener la siguiente información: 
  • Fecha de inicio de la relación laboral, es decir fecha de ingreso al trabajo, 
  • Convenio colectivo de trabajo  Todo trabajador en principio tiene un convenio colectivo que lo incluye, lo que le da la posibilidad de estar comprendido en categorías y puestos, tener representación sindical, recibir aumento de remuneraciones cada vez que se negocian paritarias
  • Categoría: verán unos números primero y una descripción. Asegúrense de despejarse las dudas en caso de no entender. En general, estos son detalles técnicos y depende de cada convenio, manejo mas de 50 pero hay muchísimos mas, En cada caso, la categoría varía, no se queden con dudas, lo que no les cierre hablenlo con la persona de RRHH que les da la documentación
  • Puesto: lo mismo acá, primero van a ver números, después la descripción. Tanto la categoría como el puesto derivan en la remuneración que van a percibir mensualmente. Por lo tanto, tiene que estar correctamente completada por el administrador de recursos humanos. Si tienen dudas pregunten.
  • Obra social: van a ver un código que utiliza la AFIP y el nombre completo de la misma. Si hicieron opción de obra social, esta bajo ningún punto de vista puede ser cambiada, salvo decisión del trabajador. Si es este el caso, mantenga su opción y no se dejen persuadir para el cambio a otra de la actividad, Cada trabajador tiene derecho en principio a elegir a que obra social quiere derivar sus aportes. 
  • Tipo de servicio: esto es muy técnico, quiere decir si están comprendidos dentro de la normalidad o se aplica alguna excepción, como personal embarcado, trabajadores expuestos a riesgos. No es de mucho interés para el trabajador, si para los abogados en el caso de litigio
  • Modo de contrato: importantisimo, acá dice si el tipo de relación que une al trabajador con la empresa. En general aparece el código 014, nuevo período de prueba, son los tres primeros meses hasta quedar efectivo, puede aparecer a tiempo parcial, si el trabajo es de seis horas, este punto lo voy a tratar en mas detalle, o muy rara vez se ve el código 08, a tiempo completo indeterminado, quiere decir que ya pasaron el periodo de prueba y se modifica el alta por este nuevo código. Si llegan a ver 08, no es que los tomaron efectivos desde el primer día, es un error registral que esta multado, pero eso es cuestión del empleador, aplican los tres meses del periodo de prueba
  • Modo de liquidación : esto es muy importante, si es mensual, semanal, por horas. Asegúrense que si trabajan mensualmente diga esa palabra, por semana, etc
  • Retribución pactada: importe escrito en números. Siempre que se expresa una remuneración es en bruto. Nosotros nos manejamos con importes brutos, a eso hay que descontarle los aportes de ley (17% si están fuera de convenio, que es la excepción mas adelante les voy a explicar con mas detalle) y los adicionales del convenio colectivo en el que este comprendido el trabajador.
  • ART: denominación de la compañía aseguradora, Es fundamental que el nombre aparezca en el alta, En el caso de aparecer el numero 000000 ninguna , por favor hablar con la persona que les está haciendo el ingreso. Quiere decir que en el caso de accidente laboral, accidente in itinere ( el que se produce dos horas antes o dos horas en el trayecto de ida  o de vuelta de su casa al trabajo o viceversa) o enfermedad profesional , Uds no tienen cobertura.
  • El alta debe estar firmada por algún responsable de la empresa, sea el gerente de RRHH, sea el apoderado, miembros del directorio, alguien con la firma registrada en bancos. En el caso de que les digan después te la damos, de ningún modo, exijan el ALTA TEMPRANA, es la única manera de asegurarse de que están registrados y no en negro
  • Trabajo agropecuario: es para los comprendidos bajo la ley de trabajo agrario, en general no es el caso de la mayoría que lee este blog. Si alguno de Uds es trabajador agropecuario, pregunten no hay problema, pero es un tema aparte, aplica la ley 22.248 y no la 20.774 Ley de Contrato de Trabajo.
Otro documento, que es opcional, es la firma por duplicado de un contrato de trabajo al ingreso. La relación laboral, es informal, lo que quiere decir que no necesita de un contrato escrito, como otra obligación civil para ser válida. Hay numerosisimas formas de probar la existencia de una relación de dependencia mas allá del contrato laboral. Pero llegado el caso de que les sugieran, por no decir obliguen a firmar uno, lean todo, varias veces, NO FIRMEN NADA SIN LEER. 
Una vez firmado, quédense con una copia, se las tienen que dar. De negarse, que es ilegal, pidan una fotocopia
Lo que ellos saben ( el empleador) y suponen que los trabajadores, osea todos nosotros no, es que aunque firmen lo que firmen, carece de validez por un principio protectorio del derecho laboral. Así que tranquilos, 
Otra cosa, si en lugar de darles el ALTA TEMPRANA ÚNICO DOCUMENTO VALIDO PARA SABER SI UNO ESTA EN BLANCO, les dicen que les dan copia del contrato de trabajo, les están mintiendo, el contrato NO SUPLE AL ALTA TEMPRANA

El Seguro de Vida obligatorio: me detengo acá porque es muy importante. Antes de empezar a realizar sus tareas en la empresa, deben completar un formulario. Es por triplicado, una copia queda para el empleador, otra para el trabajador, y la ultima para la aseguradora en caso de fallecimiento del trabajador. Empiecen a completar de sus datos para abajo. Lo mas importante de todo es completar los beneficiarios en caso de muerte. Pueden ser familiares o no, es indistinto, traten de que sean mayores de edad, porque llegado el caso de fallecimiento si el beneficiario es menor, tienen que nombrarles un curador para administrar el monto vida asegurado hasta que sea mayor y es todo un problema Les va a pedir domicilio de los beneficiarios, relación con ellos  (padre, madre,  hermana, amigo,sobrino) y el DNI, si no lo saben después lo completan, si están por entrar a trabajar ya llevense anotado estos datos. El porcentaje varía de acuerdo a los que Uds decidan, SI es una persona el 100 %, si son dos o mas, lo que Uds decidan, 50 y 50. 40 60, etc.
Al finalizar siempre firmen las tres copias con lapicera. En general les dan carbónico porque es triplicado, las firmas originales. Además al terminar, fíjense bien si las tres hojas son legibles, especialmente en los beneficiarios, el porcentaje y los DNI. No importa demorarse cinco minutos mas, lo importante es quedarse tranquilos. Por ultimo, pidan la copia para Uds,es decir para el trabajador. SI no se las quieren dar, exiganla, no al analista de RRHH, sino al jefe de personal él sabe que está en falta sino les brinda la copia para Uds

Finalmente, deben exigir la tarjeta de ART. Tiene números para llamar si les ocurre algo en el trabajo, yendo o viniendo del mismo. Si el empleador no la tiene, pidan el nombre de la aseguradora y llamen Uds, es mucho muy importante saber que están cubiertos ante accidentes o enfermedades profesionales

No se vayan del departamento de RRHH con dudas, pregunten todo lo que no les cierre, les genere dudas, así van a empezar a trabajar tranquilos
No hay problema en hablar con la gente de RRHH las veces que crean necesario, están para eso, estamos para eso, por lo menos yo para ayudar a los empleados de la empresa y para ayudarlos a Uds.

Casi me olvidaba, el alta temprana, la copia del seguro de vida obligatorio, en una carpeta archivados. Acá sí sean prolijos, uno nunca sabe cuando puedo necesitar estas cosas. Y la credencial de la ART en la billetera, tampoco se sabe cuando podés necesitar llamarlos.

Comenten sus dudas, estoy para ayudarlos


Vicky